Tarifa Social: Beneficio destinado a los hogares que más lo necesitan

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Bajo una mirada más abarcativa y social, incorporamos este nuevo beneficio, destinado a los hogares que más lo necesitan.

Acá te dejamos algunas Preguntas Frecuentes.

¿Qué es la Tarifa Social?

Es un beneficio que incorporamos a partir del nuevo régimen tarifario de la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, donde establecimos una serie de reducciones y bonificaciones en la facturación, para acompañar a los usuarios que más lo necesitan.

¿En qué consiste el beneficio?

En un descuento del 50 % en el pago de los servicios de agua y cloaca, conexión y reconexión con materiales que presta la Dirección provincial de Obras y Servicios Sanitarios.

¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?

Podrán acceder los vecinos que cuenten con estos requisitos:

  • Ingresos iguales o menores a 1 ½ veces el valor del RUPE: Perciban ingresos, y/o ayudas económicas y/o cualquier otra forma de colaboración por montos iguales o inferiores a 1 ½ veces el valor establecido para los beneficiarios de Régimen Único de Pensiones Especiales (RUPE).
  • Titulares u ocupantes vivienda única y familiar: Pero además deberán ser titulares u ocupantes de inmuebles de carácter único y destinado a la vivienda familiar, que cuenten con instrumento público o privado que acredite su vinculación al mismo.
Nota:  A noviembre de 2024, 1½ veces el valor del RUPE representa $659.100.-

¿Puedo solicitar el beneficio si tengo más de una vivienda a mi nombre?

No. La vivienda tiene que tener carácter de única y permanente, y destinada a vivienda familiar.

¿Qué documentación tengo que presentar para acceder al beneficio?

Vas a poder presentar la documentación por correo electrónico o de manera presencial.

Para ambas ciudades podés enviarnos la documentación que detallamos abajo al correo mesa.entradas@dposs.gov.ar

Sino, de manera presencial vas a tener presentar la siguiente documentación:

  • Formulario de solicitud del beneficiario: El solicitante del beneficio deberá completar el formulario con carácter de Declaración Jurada (ver modelo) y presentarla con firma y aclaración.
  • Acreditar tus Ingresos: mediante la presentación copia del último recibo de ingresos (ayudas económicas y/o  cualquier otra forma de colaboración por montos iguales o inferiores a 1 ½ veces el valor establecido para los beneficiarios de Régimen Único de Pensiones Especiales (RUPE))
  • Fotocopia de tu DNI (beneficiario titular/ocupante del inmueble): En caso de no ser titular del inmueble, es requisito que el último cambio de domicilio del DNI sea coincidente con el solicitado para la aplicar el beneficio.
  • Acreditación del propietario/ocupante del inmueble: El solicitante deberá acompañar original y copia de instrumento público y/o privado que acredite su vinculación al inmueble por el cual se solicita el beneficio, según corresponda:
  1. Título propiedad (Escritura Pública inscripta en el Registro de la Propiedad del Inmueble o informe de Dominio de RPI) o;
  2. Decretos de adjudicación emitido por la Administración Central, la Municipalidad de Ushuaia y el Municipio de Tolhuin, Resolución del Instituto Provincial de Viviendas (IPV) o;
  3. Actos Administrativos o Constancias de ocupación emitidas por la Administración Central, la Municipalidad de Ushuaia, el Municipio de Tolhuin, o el Instituto Provincial de Viviendas (IPV) o;
  4. Boletos de Compra – Venta que cuenten con Sellado de la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) o;
  5. Contrato locación en el caso de inquilinos o;
  6. Constancia de Ocupación.

¿Por cuánto tiempo se otorga el beneficio de la reducción del 50% del pago de los servicios sanitarios?

El beneficio se otorga hasta el 15 de abril de cada año.

¿Luego de obtener el alta del beneficio, debo actualizar la documentación?

Si. Anualmente, tenés que actualizar al 15 de abril la documentación, renovando el formulario de Declaración Jurada y presentando el último recibo de ingresos mensuales, constituyendo la falta de cumplimiento de este requisito la baja automática del beneficio otorgado.

¿ Si la vivienda tiene deuda, puedo acceder al beneficio de descuento del 50%? 

Si. Igual vas a poder acceder al beneficio del descuento, aunque la vivienda tenga deuda al momento que inicies el trámite, pero este beneficio no tiene efecto retroactivo, es decir, que la deuda va continuar hasta tanto la canceles.

¿En qué casos tengo la obligación de informar cambios?

Tenés la obligación de informar cualquier modificación que se produzca en el formulario de Declaración Jurada que completaste, en particular de cambios de domicilio o de actividad del inmueble que percibe el beneficio, así como sobre tu situación económica. Caso contrario, de constatarse una modificación, que implique la pérdida del beneficio, se procederá a la refacturación del servicio.

¿El beneficio es sólo para personas o también para instituciones?

La Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios también está facultada a reducir en un 30 % de facturación normal y habitual a las instituciones de bien público tales como asociaciones y fundaciones debidamente constituidas que actúen sin fines de lucro y cuyo objetivo principal conforme sus estatutos aprobados sea:

  • Desarrollar actividades de caridad o beneficencia orientadas a la prestación de asistencia económica y/o social de las personas indigentes.
  • Prestar enseñanza y actividad pedagógica para el desarrollo físico-intelectual del minusválido y/o su rehabilitación o colaborar en la misma.
  • Toda otra actividad que la DPOSS considere, para lo cual el otorgamiento deberá ser fundado y razonable.

¿Dónde puedo obtener más información sobre los beneficios para instituciones o en general?

Podés obtener más información sobre requisitos y documentación a presentar, enviando correo electrónico a comercial@dposs.gov.ar o por whatsapp al (02901) 1565-1188 en Ushuaia. Consultas en Tolhuin al teléfono (02901) 1560-4447 o por correo a reclamos.tolhuin@dposs.gov.ar