(Ampliamos el plazo hasta el 29 de mayo de 2026)
¿En qué consiste el Régimen de Regularización de Obligaciones?
Consiste en la posibilidad de ponerte al día con tu deuda, accediendo a una quita del 100% de los intereses por mora.
¿Quiénes pueden adherirse?
Pueden adherirse al presente régimen quienes sean usuarios obligados al pago o quienes cuenten con autorización fehaciente o certificada por el titular ante la Dirección.
¿Cómo puedo pagar?
Podés pagar el total de la deuda con tarjeta de débito, crédito o cheque. También podés pagar hasta en 24 cuotas, siendo necesario que adhieras al débito automático.
Forma de cancelación de deudas conforme régimen de quitas y financiación
¿Se cobra algún interés por la financiación?
Dependiendo la cantidad de cuotas que elijas del plan de pagos. A continuación, te dejamos un cuadro informativo:
| Plan de Cuotas | Quita de Intereses | Tasa de financiación mensual |
| Hasta 6 cuotas mensuales | 100% | 1% |
| Hasta 12 cuotas mensuales | 100% | 2% |
| Hasta 24 cuotas mensuales | 100% | 2,5% |
¿Cómo hago el trámite?
La adhesión a la moratoria es un trámite presencial. Tenes que presentarte en nuestras oficinas comerciales de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 hs. En Ushuaia en calle Gobernador Campos 133. En Tolhuin en calle Santiago Rupatini 435.
¿Qué documentación tengo que llevar?
Deberás presentar:
Deudas en instancia judicial: Los usuarios que posean deuda judicializada podrán adherirse cuando expresamente sean autorizados por quien tenga a su cargo los juicios ejecutivos, verificándose previamente el estado de los mismos. Siendo la ventaja para la Dirección de formalizar el plan de regularización extrajudicialmente, garantizar el recupero de la deuda. De encontrarse dinero depositado en la cuenta de autos, se deberán tomar los recaudos necesarios a fin de extraer el mismo a cuenta del régimen.
En caso de incluirse en este régimen deudas en discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial, la Dirección queda facultada para realizar la presentación judicial del formulario de adhesión que corresponda, a los efectos que estime pertinente. Una vez regularizada la totalidad de la deuda, la Dirección solicitara al Juez interviniente el archivo de las actuaciones.
¿Hay algún requisito para acceder al Plan de Pagos DPOSS?
Sí, es requisito para acceder al Plan de Pago DPOSS, que adhiera el pago mensual del servicio al sistema de débito automático autorizado, el cual se realizará mediante la suscripción del formulario de autorización brindado por esta Dirección.
¿El valor de la Cuota del Plan de Pago DPOSS me vendrá en la misma factura del servicio?
No, el valor de la cuota del Plan de Pago DPOSS se liquidará por boleta complementaria a la factura del servicio mensual, pero ambas tendrán igual vencimiento.
¿Hasta cuándo tengo tiempo para adherirme?
Hasta el 29 de mayo de 2026.
Para más información, podés descargar la Resolución DPOSS Nº 1385/25 que estableció el presente régimen y la Resolución DPOSS Nº 492/2026 que dispuso la ampliación hasta el 29 de mayo de 2026. También nos podes hacer consultas por mensajes de whatsapp al (2901) 65-1188 de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 hs. o al correo comercial@dposs.gov.ar